CONOCE LOS ALCANCES DE LA LEY DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES

CONOCE LOS ALCANCES DE LA LEY DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES

La Paz, marzo 8 (CMLP/GAMLP).- El secretario del Concejo Municipal, Oscar Sogliano, informó este martes sobre los alcances de la Ley de Regularización de Edificaciones y Adecuación Normativa que beneficia a la población paceña que realizó nuevas construcciones en el municipio.

 

 

El legislador, en conferencia de prensa, mencionó que ésta Ley permitirá:

• Regularizar edificaciones que no hubieran cumplido con la normativa de edificaciones vigente.

• El saneamiento de edificaciones, que no cumplan con medidas con respecto a su interior.

• Concluir los procesos de regularización de Edificaciones iniciados con la Ley 443.

• Que los procesos de fiscalización iniciados con la Ordenanza Municipal 076/2004, puedan concluir.

• La conversión de la sanción de demolición en sanción pecuniaria.

 

 

En ese sentido, con la presente norma, la población paceña se beneficiará con:

1. La disposición del bien inmueble.

2. Acceso a créditos bancarios.

3. Posibilidad de venta.

4. Posibilidad de heredar.

5. Fraccionamiento posterior.

 

Los requisitos para la Regularización de nuevas edificaciones y abocarse a ésta Ley son:

• Fotocopia de Cédula de Identidad.

• Documentación de derecho propietario.

• Planos arquitectónicos.

• Declaración Jurada.

• Último pago de impuestos.

• Para edificaciones iguales o mayores de 5 pisos, certificado de estabilidad y estudio geológico geotécnico.

• Fotografías de todas las fachadas visibles.

 

Asimismo, la autoridad edil, según los datos que expuso aclaró que “hay 150 mil construcciones sin autorización en la ciudad de La Paz, con la presente Ley, se pretende regularizar 50 mil construcciones”.

 

 

Finalmente, dio a conocer que las “edificaciones destinadas a vivienda unifamiliar de 150 m2 o menos, no pagarán multas y no tendrán la obligación de contar con planos aprobados, bastando el certificado catastral”.
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