Ley Municipal de Regulación de transporte en la cuarentena sanciona infracciones gravísimas y graves
Ley Municipal de Regulación de transporte en la cuarentena sanciona infracciones gravísimas y graves
El exceder la capacidad de ocupantes, el incumplimiento a horarios de operación y la falta de limpieza en las paradas, son consideradas infracciones.

La Paz, 15 junio (CMLP/GAMLP).- La Ley Municipal de regulación del servicio público de transporte y motorizados en la cuarentena por la emergencia sanitaria, aprobada el pasado 20 de mayo en el Concejo Municipal, establece que está en vigencia la sanción a dos tipos de infracciones: gravísimas y graves.
La norma aprobada con la finalidad de implementar de manera paulatina el servicio de autotransporte público en el municipio de La Paz, establece como horario de circulación para el transporte público de pasajeros de 05:00 a 18:00 de lunes a viernes y respetando la restricción vehicular.
Infracciones gravísimas
Entre las infracciones gravísimas, la referida ley señala: Incumplir con los horarios de operación establecidos en la presente Ley Municipal, incumplir con la restricción vehicular según los parámetros establecidos por el GAMLP, retirar las placas de circulación con el fin de evadir los controles, modificar o utilizar placas de circulación diferentes a las del vehículo, con el fin de evadir los controles.
“No implementar la separación física del conductor con los usuarios para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros conforme los criterios técnicos establecidos en el Protocolo que forma parte de la presente Ley Municipal. Exceder la capacidad de los ocupantes conforme los criterios técnicos establecidos en el Protocolo que forma parte de la presente Ley Municipal”, instaura el artículo 10 de la norma.
La sanción señalada en la Ley municipal para las infracciones gravísimas es de 2 mil bolivianos y la retención del vehículo motorizado, esta sanción esta a cargo de la Policía Boliviana.
Infracciones graves
“Inoperabilidad de las ventanas según los criterios técnicos establecidos en el Protocolo que forma parte de la presente Ley Municipal, incorporar elementos diferentes a los establecidos en el Protocolo que forma parte Ley municipal para la cobertura de los asientos, no contar con los instrumentos de aseo personal y para la desinfección de monedas al interior del cubículo del conductor”, son sanciones graves.
La Ley prevé además como sanciones graves el no realizar la limpieza de los vehículos en las paradas de origen y destino, no contar con el barbijo, asientos con material no autorizado (debe ser impermeable y lavable), presencia de objetos o adornos susceptible de contaminación y la falta de señalización de los asientos.
En este caso la sanción es la inmovilización del vehículo hasta las 18:00 horas y el decomiso de ambas placas de circulación las cuales serán devueltas al día hábil siguiente, esta sanción es aplicada por la Guardia Municipal de Transporte
XLC 15/06/20