Aprueban Ley municipal de corresponsabilidad ciudadana en la lucha contra el COVID-19
Aprueban Ley municipal de corresponsabilidad ciudadana en la lucha contra el COVID-19
La norma insta a la donación voluntaria de sangre de pacientes recuperados y establece que el Ejecutivo Municipal, en el marco de la solidaridad, compartirá con otros municipios las buenas prácticas y experiencias realizadas en el municipio de La Paz.

La Paz, 26 mayo (CMLP/GAMLP).- En sesión extraordinaria de este martes, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la Ley Municipal de Regulación de la cuarentena dinámica condicionada y de corresponsabilidad ciudadana para evitar la propagación y contagio del COVID-19 en el municipio de La Paz.
“Esta ley municipal habla de la corresponsabilidad que tiene que haber en esta cuarentena dinámica y para prevenir la propagación y el contagio comunitario dentro de nuestro municipio y conforme la población vaya saliendo y retomando sus actividades. No es que ahora se le está pasando la responsabilidad a la ciudadanía, no, por eso hablamos de corresponsabilidad, las autoridades vamos a seguir trabajando y cuidando a la población, pero ahora tenemos que ser conscientes y responsables con nuestro cuidado y el de los demás”, explicó Andrea Cornejo, presidenta del Concejo Municipal y proyectista de la norma.
Entre los deberes ciudadanos establecidos en el artículo 10 de la norma, se menciona el cumplir con las medidas de bioseguridad, los horarios de tránsito según lo establecido en la normativa nacional y municipal vigente, transitar para lo estrictamente necesario, respetar y cumplir las normas establecidas por los distintos niveles de gobierno, en el marco de la prevención y protección de la vida y la salud.
“Dar prioridad de atención y protección a las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, personas que tienen enfermedades de base y/o crónicas, las personas con discapacidad y mujeres que se encuentren en estado de gestación y lactancia, acceder y difundir información veraz y oportuna sobre el COVID-19 y su desarrollo, buscar información en los medios oficiales para conocer las medidas de bioseguridad que le permita ser un ciudadano responsable en tiempos del (COVID-19)”, son los deberes mencionados en el referido artículo.
“La ley básicamente norma muchas de las cosas que se han visto que, de pronto, no se han cumplido durante la cuarentena rígida como el uso obligatorio de barbijos, el lavado de manos, la desinfección y todo eso”, puntualizó la legisladora.
Medidas de prevención primaria
El capítulo dos de la ley municipal aprobada, establece medidas preventivas y de protección que los habitantes del municipio deben asumir de manera obligatoria en el marco de la prevención, seguridad y salubridad.
“Lavado frecuente de manos con agua y jabón o con una solución hidroalcohólica (alcohol gel) por el tiempo de veinte (20) segundos por lo menos, uso de barbijo obligatorio fuera de casa y en espacios de interacción social, cobertura de la boca y nariz al toser o estornudar con la parte interior del codo, y en caso de usar pañuelo desechable tirarlo inmediatamente a la basura, mantener el distanciamiento físico, evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano, evitar tocarse la cara, sobre todo ojos, nariz y boca”, decreta el artículo 11 de la ley edil.
Seguir rutinas de limpieza y desinfección de superficies y espacios de contacto frecuente con agua jabonosa, u otro producto desinfectante debidamente certificado por la autoridad competente, salir de casa sólo para lo estrictamente necesario, y a su retorno cumplir con los protocolos de desinfección de su vestuario y la higiene de su cuerpo, disponer los residuos sólidos de manera responsable de acuerdo a las políticas establecidas por la autoridad municipal competente, son otras de las medidas preventivas y de protección.
Máxima restricción de salidas para población de riesgo
El artículo 16 de la disposición municipal determina la máxima restricción en la salida de las niñas, niños y adolescentes, salvo situación justificada.
“Se determina la máxima restricción en la salida de las Personas Adultas Mayores y las Personas con Discapacidad, salvo situación justificada excepcionalmente (como citas médicas, urgencias y terapias de rehabilitación y/o habilitación), bajo conocimiento y de preferencia en compañía de algún familiar o tutor (a), guardador (a), cuidador (a), en pleno uso de sus facultades y cumpliendo las normas mínimas de protección y bioseguridad, hasta que las instancias pertinentes lo determinen. En el marco de la corresponsabilidad el entorno familiar de las niñas/niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad, son directos responsables en primera línea del buen cuidado, resguardo y atención de los mismos”, señala la referida ley.
La norma establece además en el artículo 17, la donación de sangre de manera voluntaria para lo cual se instará a los pacientes recuperados en los hospitales municipales respecto a la donación de sangre para lograr la recuperación de otros pacientes con diagnóstico positivo de coronavirus.
Replicar acciones en otros municipios
Otro de los artículos establece que “Habiéndose declarado de interés y prioridad nacional, las actividades, acciones y medidas necesarias para la prevención, contención y tratamiento de la infección por el Coronavirus (COVID-19), en el marco de la solidaridad y apoyo el Ejecutivo Municipal compartirá y/o replicará con otros gobiernos subnacionales y/o municipios las buenas prácticas, experiencias y/o conocimientos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz”.
XLC 26/05/20