Concejo Municipal rechaza recurso jerárquico interpuesto por el ex interventor de EPSAS
Concejo Municipal rechaza recurso jerárquico interpuesto por el ex interventor de EPSAS
El concejal Isaac Fernández afirmó que la aprobación de planos hidrosanitarios es competencia municipal y denunció al ex interventor Humberto Claure.

La Paz, 18 febrero (CMLP/GAMLP).- Este martes fue aprobada por mayoría en el Concejo Municipal, la Ordenanza Municipal de rechazo del recurso jerárquico interpuesto por Humberto Claure, ex interventor de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. intervenida.
En agosto de 2019 el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz emitió la Resolución Ejecutiva 319/2019 que delega la facultad de aprobación de proyectos hidrosanitarios al Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado SAMAPA, aspecto que fue rechazado por el ex interventor de EPSAS a través de un recurso jerárquico.
“Este tema es bastante importante porque en la práctica, en terreno, cuando el Gobierno Municipal va hacer intervenciones en vías y áreas públicas, tenemos muchos problemas porque cuando les pedimos los planos a EPSAS, tienen los documentos pero están desactualizados, o en algunas áreas no los tienen. Es necesario que el (Órgano) Ejecutivo pueda aprobar estos planos para futuras intervenciones y que nos transfieran esta documentación de planos anteriores”, explicó el concejal Isaac Fernández.
La autoridad señaló que la administración de los planos hidrosanitarios es vital para la ejecución de obras físicas en el municipio ya que la falta de información adecuada y fidedigna, obstaculiza la puesta en marcha de importantes proyectos de desarrollo.

“Por ejemplo hay una emergencia en un lugar dónde están las tuberías de agua potable o sanitario, se hace con cuidado las excavaciones para no dañar estas tuberías, pero resulta que no está ahí; en el marco de la autonomía nosotros tenemos que aprobar estos planos hidrosanitarios. En su momento el anterior interventor Claure, ha determinado que no era correcto, pero además él se dio un poder para podernos representar y eso era ilegal ya que, en el marco de la autonomía, nosotros debemos ver la aprobación de esos planos hidrosanitarios”, manifestó el legislador.
El informe que respalda la elaboración de la Ordenanza Municipal aprobada, señala que EPSAS no tiene la facultad para la aprobación de proyectos hidrosanitarios ya que al estar intervenida, su campo de ejecución se reduce solo a la provisión del servicio básico del agua.
XLC 18/02/20