Vehículos 2017, 2018 y 2019 con capacidad para seis pasajeros que trabajen como trufis, serán exonerados de impuestos a partir de esta gestión
La norma aprobada en diciembre por el Concejo Municipal es un incentivo para el cambio de los vehículos de cuatro pasajeros a motorizados de seis pasajeros.
La Paz, enero 14 (CMLP/GAMLP).- De acuerdo a la Ley Municipal Autonómica de incentivos para la renovación de trufis en resguardo de la seguridad y comodidad de los usuarios, la comuna exonerará del pago de impuestos a vehículos de seis pasajeros modelos 2017, 2018 o 2019 que sean utilizados para prestar servicio público en la modalidad de “trufis”.
La norma, aprobada en diciembre del pasado año en el Concejo Municipal, exime del pago de impuestos por tres años a quienes renueven sus vehículos por unidades más amplias de seis pasajeros.
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“De lo que se trata es que al tiempo que incentivamos la exención del pago de impuestos en vehículos de más capacidad, también generamos una serie de mecanismos para evitar que otra vez se genere la ampliación de asientos, con almohadones y pasos incómodos”, dijo el concejal Fabián Siñani.
La referida norma establece en su artículo 2 que “los propietarios de trufis que renueven su unidad vehicular por un vehículo con capacidad de seis usuarios, estarán liberados del pago de impuestos a la propiedad de vehículo por tres gestiones”.
El artículo tercero de la ley prohíbe la modificación, alteración o incorporación de elementos que permitan aumentar la cantidad máxima de asientos establecidos de fábrica con lo cual se veta la habilitación de un nuevo “asiento” entre el conductor y el pasajero tal como ocurre actualmente con el “quinto pasajero”, provocando la incomodidad del usuario que viaja en la parte delantera del vehículo, además de entrañar un grave riesgo puesto que el chofer tiene limitada su capacidad de maniobra y los pasajeros están expuestos a un gran peligro en caso de colisión u otras contingencias.
“Los propietarios de vehículos destinados al servicio de trufi cuya capacidad original sea para cuatro usuarios, deberán renovar dichas unidades por vehículos de seis usuarios en un plazo máximo de un año a partir de la promulgación de la ley municipal”, señala la disposición final primera de la ley.
XLC 14/01/19